Según resolución de la Dirección General de la Policía de 14 de marzo del 2023 y publicados en la Orden General núm. 2632, se crean los Distintivos de Función y Permanencia del personal de la Policía Nacional en el área de actividad de Cooperación Internacional.
DISTINTIVO DE FUNCIÓN
- Al objeto de distinguir la función llevada a cabo por el personal destinado en Cooperación Internacional se crea el distintivo de función
- El Distintivo de Función podrá ser ostentado por el personal destinado en la División de Cooperación Internacional únicamente durante el tiempo en que se preste servicio en la misma.
- El derecho a usar el distintivo de función no precisará autorización previa.
- También podrán ostentar el distintivo todos aquellos no destinados en la mencionada División y que desarrollen funciones de cooperación internacional, previa acreditación de esta condición por parte de la Secretaría General de la Dirección Adjunta Operativa.
Descripción:
El diseño corresponde con un escudo en el que comenzando por su parte superior, se puede observar la palabra «ESPAÑA» y de fondo la bandera rojigualda. La tipografía empleada para el nombre de nuestro país es Roboto black, reforzada en su perímetro con un contorno en el color corporativo Pantone 295C. En el centro se puede apreciar tanto la rosa de los vientos (junto con las coordenadas) como el cinturón de estrellas que es una traducción gráfica del círculo de las 16 estrellas pitagóricas. En un segundo plano aparece la esfera que representa el globo terráqueo. El círculo negro convive en su perímetro con el azul de Policía Nacional (Pantone 295C), observado desde el cielo que es desde donde se tiene una gran perspectiva de la zona de despliegue del área de actividad.
MODALIDAD DE PECHO
Sobre base metálica. Esmaltado, con la figura descrita.
Medidas del distintivo: 30 mm de Alto x 25 mm de Ancho.
DISTINTIVO DE PERMANENCIA
- Se adquirirá el derecho al uso del distintivo de permanencia cuando se haya estado destinado o prestado servicio en Cooperación Internacional durante tres años consecutivos.
- El distintivo de permanencia no se podrá ostentar simultáneamente con el distintivo de función. En caso de tener derecho a ambos, solo se ostentará el de función.
Descripción:
Sobre base metálica. En el centro de campo fileteado en dorado, conteniendo en el centro la figura descrita. En la parte exterior del escudo, rodeándolo y saliendo del mismo un rafagado, en esmalte de color dorado.
Medidas del distintivo: 40 mm de Alto x 35 mm de Ancho.
UBICACIÓN DE LOS DISTINTIVOS DE FUNCIÓN Y PERMANENCIA
Solo sobre el Uniforme de Representación y Gala; nunca en el de gran gala.
Los distintivos de función y permanencia se portarán sobre la tabla central del bolsillo superior izquierda. Un máximo de 3.
Si se porta uno se hará centrado sobre la costura del bolsillo izquierdo. Si se portan dos se hará centrados uno por encima del otro. Si se portan tres, formando un triangulo inverso, y el de función se exhibirá en la posición más inferior.
No se podrá exhibir simultáneamente el distintivo de función y de permanencia debiendo exhibirse el de función mientras se este prestando servicio en la unidad y se tenga derecho a ambos.
Cuando en el uniforme de gala se deban exhibir condecoraciones de tipo placa, no se podrán portar los distintivos específicos en el bolsillo izquierdo, debiendo colocarse en el derecho junto con el de cursos, titulaciones, méritos o participación en eventos, debiendo prevalecer el de función que siempre deberá portarse.
Si se tiene el curso de especialización, pero no se tiene plaza en la especialidad o no se cumple el tiempo de permanencia mínimo, el distintivo de función se podrá exhibir a modo de distintivo de curso sobre la tabla central del bolsillo superior derecho del uniforme de representación o de gala. Nunca se exhibirá en la guerrera del uniforme de gran gala.